Monday, Oct 26, 2026
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Fuero electoral es una figura innecesaria | RadioGrafía

ECO, 28 Sep 2021
Las reformas electorales en Panamá siguen en el tintero, por artículos polémicos como el fuero electoral. El diputado panameñista, Luis Ernesto Carles, hizo un balance en el programa RadioGrafía sobre los consensos de la mesa técnica, integrada por el Tribunal Electoral (TE), la Asamblea Nacional y la Fiscalía General Electoral., además de puntos polémicos como el fuero electoral.

"Había una recomendación en las reformas electorales sobre 36 puntos que habían sido advertidos como no viables ante las modificaciones que se presentaron, entre esas el fuero electoral", dijo Carles.

En la mesa en Panamá se logró consensos en las reformas electorales en materia de organización del Padrón Electoral, financiamiento preelectoral y poselectoral para candidatos por libre postulación, aportes para agrupaciones políticas y la paridad de género, en las reformas electorales.

"Mañana nos toca ir a la Comisión de Gobierno. Mi expectativa es que se respete lo que fue consensuado en la mesa técnica de las reformas electorales".

Subrayó que no se logró consensuar 3 elementos en las reformas electorales, adelantar los procesos de elección de los partidos, lo del fuero penal electoral y la falta de equidad en financiamiento público".

"No se acogió en las reformas electorales la recomendación del @tepanama la de bajar los topes de campaña y no se pudo lograr un acuerdo en el fuero electoral"."

Sobre el fuero electoral de Panamá en las reformas electorales tiene un punto muy claro ."Los que defendemos es que el fuero electoral se elimine, esta ya no es una figura utilizada, son pocos países que lo mantienen el fuero electoral. Es una figura innecesaria".

En su artículo 218-A, el Código Electoral señala que: 'se consagra el fuero electoral para proteger a los actores del proceso electoral de medidas laborales, administrativas o judiciales dirigidas a obstaculizar'

Los analistas califican el fuero electora en Panamá, en las reformas electorales como un blindaje frente a los procesos judiciales. Hay quienes opinan que se debe eliminar y otros dicen que solo debe beneficiar a los candidatos que se postulen a las elecciones, nacionales o internas.

El fuero electoral en Panamá se redujo a quince días después de la ejecutoria de la proclamación. Antes de la reforma, el fuero penal electoral se extendía hasta tres meses después de cerrado el proceso electoral.

Para el levantamiento del fuero penal electoral en Panamá, el Tribunal Electoral está obligado a cumplir con el debido proceso y dar traslado al aforado, antes de decidir en un plazo máximo de diez días hábiles.

La Corte Suprema de Justicia de Panamá precisó que el Fuero Electoral Penal no fue diseñado, ni mucho menos puede concebirse como una fuente de privilegios de los individuos por su condición de funcionario electoral, miembro de las corporaciones electorales o delegado de un partido legalmente constituido, sea detenido, arrestado o procesado en materia criminal, policiva o administrativa; sino como una protección a la función que dichos ciudadanos llevan a cabo, es decir, el fuero electoral es para proteger la democracia nacional.

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